SENADO APROBó PROYECTO QUE ESTABLECE EL SISTEMA DE ATENCIóN A LA NIñEZ Y ADOLESCENCIA
Ahora será la cámara de diputados quién debe revisar el proyecto en tercer trámite constitucional.
18-05-2005. Valparaíso, 11 de Mayo de 2005.- Con la aprobación senatorial por 31 votos a favor y 2 en contra del artículo que permite a las instituciones acreditadas que ejecuten más de un proyecto, administrarlos centralizadamente utilizando hasta un 10% del monto que perciban por concepto de subvención, fue despachada a la cámara de diputados la iniciativa de ley que regula el sistema de atención a la niñez y adolescencia a través de la red de colaboradores del SENAME.
En sus puntos fundamentales, el proyecto moderniza el sistema de transferencias de recursos de los organismos colaboradores del SENAME; actualiza la oferta de programas del SENAME y eleva el nivel de la subvención actual que desde hace más de una década se viene reclamando que es insuficiente para cubrir adecuadamente los programas.
Modelos de atención
Asimismo, establece la forma y condiciones en que el SENAME subvencionará a sus colaboradores acreditados y para ello fija 4 líneas de acción: Oficinas de Protección de Derechos del Niño, Niña y Adolescente (OPD); los centros residenciales; los programas del SENAME de: protección de derechos, reinserción de adolescentes infractores de la ley, prevención, promoción, familias de acogida y emergencia.
El nuevo modelo de atención se desarrollará a través de las Oficinas de Protección de Derechos del Niño, Niña y Adolescente (OPD) que operarán dentro de un territorio determinado y su función es articular planes de acción integrales, en los que se facilite el acceso y el mejor aprovechamiento de los recursos de servicios y programas públicos, privados o comunitarios.
Además, se contemplan los programas destinados a entregar atención especializada y ambulatoria para proteger los derechos de los niños y niñas, prevenir su vulneración o promover estos derechos, o bien cuando por orden de un tribunal competente se deba aplicar una sanción no privativa de libertad a un adolescente por una infracción a la ley penal. Estos programas de protección de derechos, reinserción de adolescentes infractores de la ley, prevención, promoción, familias de acogida y emergencia, es una gama que hoy no existe y que permitirá a las entidades acreditadas postular a recursos para desarrollarlos.
Financiamiento
En materia de financiamiento, se establece un sistema de llamados a concurso de proyectos relativos a las diversas líneas de acción subvencionables. El llamado se hace por línea de acción, fijando el precio a pagar en cada una de ellas antes del llamado a concurso.
De esta forma, el SENAME seleccionará los proyectos por medio de criterios fijados en el reglamento y celebrará los convenios con los colaboradores. Se proponen también distintos tipos de incentivos, que permitirán a los colaboradores acreditados adecuar su desempeño a los objetivos de política de cada una de las líneas de acción. Eso implica que la forma de pago se diferencia según el tipo programa y se elimina el estricto sistema actual de pago por cada niño-día atendido en las residencias.
La subvención se expresará en Unidad de Subvención SENAME (USS) cuyo valor es de 10.000 pesos, reajustable cada año de acuerdo a la variación del IPC. El proyecto fija distintas modalidades en la forma de pago y de cálculo del valor de la subvención dependiendo de la línea de acción.
Se establece un bono de desempeño para premiar la calidad y los resultados de los colaboradores en la línea de programas, exceptuándose los de promoción y emergencia. Este bono puede alcanzar hasta el 2% de los recursos con que se cuente anualmente el SENAME en su presupuesto anual de programas.
Artículo debatido
La discusión que se llevó a cabo en la Cámara Alta el Martes 10 de Mayo se centró en el artículo 32 del proyecto, que pasó a ser 28, en el cual se establece que “los organismos acreditados que ejecuten más de un proyecto podrán administrarlos centralizadamente utilizando hasta un monto máximo del 10% que perciban por concepto de subvención. Esos fondos sólo se podrán destinar a gastos de administración que se efectúen para el cumplimiento de los objetivos de los proyectos. La respectiva institución deberá comunicar al SENAME de su decisión de acogerse a esta modalidad de administración”, el cual fue finalmente aprobado por 31 votos a favor y 2 en contra, de los senadores Jorge Martínez Busch y Mario Ríos.
El senador Martínez Busch manifestó su inquietud por la forma en que se controlará que el 10% mencionado anteriormente, sea realmente utilizado en la administración de las instituciones. “El problema del control de la administración es clave y eso indicaría la efectividad o no del organismo que recibió estos dineros para determinado proyecto”.
Al respecto, el senador José Antonio Viera Gallo –integrante de la comisión de Constitución donde se estudió el proyecto-, explicó que todos los organismos privados están sometidos a la supervigilancia del SENAME y además, cuando sus programas se financian vía fondos públicos, están sometidos al control de la Contraloría, que puede hacer una inspección. “Lo establecido en el artículo es bastante razonable, porque señala que el 10% de la subvención se pueda destinar a la administración, en eso está de acuerdo el SENAME y la organización de las entidades privadas que colaboran con el SENAME y que están debidamente acreditadas”.
Lo anterior fue respaldado por el senador Andrés Zaldívar –integrante de la instancia parlamentaria-, quien sostuvo que la norma “tiene por objeto hacer una limitación que si no existiera, más del 10% de la subvención podría utilizarse en gastos de administración” y recordó que lo dispuesto en este artículo se emplea en muchos tipos de convenios que se realizan con fondos públicos.
Complementando lo que dijo el senador Zaldívar, el senador Enrique Silva Cimma, ex Contralor General, aseveró que “la ley de la Contraloría, autoriza específicamente para que controle solamente si la institución ha dado cumplimiento al fin que justificó el establecimiento de la subvención y nada más. De forma que esto está perfectamente salvaguardando por la norma vigente”.
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